Revista Lombriz. El Ministerio del Ambiente mediante Resolución Ministerial n.° 430-2024-MINAM conformó el grupo de trabajo para la elaboración de propuestas que contengan orientaciones técnicas destinadas a promover e implementar mecanismos de financiamiento para la conservación, restauración y recuperación de la biodiversidad en el Perú.
Según el documento las acciones deben estar en concordancia con las prioridades nacionales en materia ambiental y los compromisos internacionales asumidos por el país.
El grupo de trabajo está presidido por un representante del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales e integrado por un representante de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental, un representante de la Dirección General de Diversidad Biológica, un representante de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación, un representante de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales y un representante del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP. Todos deben tener un alterno.
Entra las funciones del grupo de trabajo está identificar y analizar las condiciones para la promoción e implementación de mecanismos de financiamiento para la conservación, restauración y recuperación de la biodiversidad. Además, establecer los criterios orientativos e incentivos para que las intervenciones en conservación y recuperación que son materia de los mecanismos de financiamiento se alineen a las prioridades nacionales y compromisos internacionales.
También, deben proponer criterios para el establecimiento de salvaguardas, sistemas de monitoreo y seguimiento, entre otras; que aseguren la transparencia e integridad de los mecanismos de financiamiento. Asimismo, elaborar, proponer los documentos con orientaciones técnicas para la promoción e implementación de los mecanismos de financiamiento.
El tiempo de trabajo es de 180 días para que los especialistas puedan encontrar los mecanismos económicos que permitan la recuperación de espacios afectados por incendios forestales, tala ilegal u otras acciones naturales o realizadas por la mano del hombre.



